
La Ley de Extranjería en su artículo 22 reconoce el Derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita que habrá de prestarse necesariamente a través del turnos de oficio de los colegios de abogados en los siguientes supuestos:
Desde el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona, se vio en la necesidad de atender estas nuevas obligaciones y necesidades, mediante la formación de los colegiados interesados en esta materia y se procedió a la creación de un servicio especifico de guardia formado por abogados especializados en legislación de extranjería, como se venía proclamando desde el Consejo General de la Abogacía Española, a través de la Subcomisión de Extranjería, en la que el Colegio de Abogados de Pamplona tiene representación.
Composición:
El servicio especializado de extranjería, comenzó su andadura en el año 2001. Está formado actualmente por 31 abogados, que realizan guardias de 24 horas, los 365 días del año.
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