Una de las principales manifestaciones de la función social de la Abogacía es la prestación de servicios gratuitos de asistencia y orientación jurídica a los ciudadanos españoles, ciudadanos de estados miembros de la Unión Europea, extranjeros que residen legalmente en España y determinadas personas jurídicas cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar, en desarrollo del Artículo 119 de la Constitución. La instrumentalización de dicho derecho se lleva a cabo desde el M. I. Colegio de Abogados de Pamplona a través de la organización y gestión del TURNO DE OFICIO, que engloba diferentes Turnos y servicios de Asistencia Jurídica Gratuita garantizando el derecho de acceso a la defensa judicial de los derechos e intereses de los ciudadanos con independencia de su capacidad económica.
Para ello existen diferentes turnos y Servicios de guardia localizada de adscripción voluntaria para los Letrados del M.I. Colegio de Abogados de Pamplona, que engloban todos los órdenes Jurisdiccionales y que se estructuran en los siguientes grupos para la prestación de asistencia letrada, defensa y representación de los beneficiarios de la justicia gratuita en los Partidos Judiciales de Pamplona y Aoiz:
- Turno Penal Especial: Para ejercitar tanto el derecho de defensa como la Acusación particular en delitos en los que la pena señalada por el Código Penal sea superior a 6 años.
- Turno Penal General: Para ejercitar tanto el derecho de defensa como la Acusación Particular en el resto de delitos que no lleven aparejada una pena en el Código Penal superior a 6 años.
- Turno Civil: Engloba todos aquellos asuntos en los que se ejerciten acciones que correspondan a los Juzgados y Tribunales del Orden Civil, para cuya resolución sean aplicables las normas del derecho civil y mercantil, con exclusión de los asuntos de familia (acciones derivadas de arrendamientos, contratos, reclamaciones de cantidad, derechos relativos a la capacidad de las personas, derechos reales ....).
- Turno Contencioso Administrativo: Dentro de éste Turno se engloban todas aquellas actuaciones que deben resolverse ante los Tribunales Contencioso Administrativos.
- Turno de derecho de Familia: Se designan por éste Turno, todos aquellos asuntos cuya competencia tengan atribuida los juzgadote Familia, tales como separaciones, divorcios, liquidación de sociedad de gananciales, adopción de medidas de hijos matrimoniales o extramatrimoniales, adopción de medidas provisionales....
- Turno Laboral: Engloba todos aquellos asuntos competencia de los Juzgados y Tribunales del Orden Social.
- Turno Penitenciario y servicio de guardia localizada (SAP): Engloba las actuaciones derivadas del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. El servicio de guardia localizada engloba el asesoramiento y defensa de los internos en cuantas cuestiones de derecho penitenciario se deriven de la estancia en prisión, a través de guardias presenciales.
- Turno de Extranjería y servicio de guardia localizada: Se designan dentro de éste turno todos aquellos asuntos previstos en la Ley de Extranjería.
- Turno del Menor y servicio de guardia localizada (SGLM): Representación y defensa letrada en todos aquellos asuntos cuyo conocimiento corresponda a los Juzgados y Tribunales de Menores. El servicio de guardia localizada se presta de forma continuada las 24 horas del día durante todo el año a fin de prestar asistencia a los menores que sean detenidos o declaren por primera vez ante la Autoridad competente y no hayan designado Abogado de su confianza, asistiendo en la Sección de Menores de la Fiscalía o en el Juzgado de Menores a las personas menores de edad que precisen Abogado, y no lo hayan nombrado, siempre previo requerimiento judicial.
- Servicio de guardia para la Asistencia a la Mujer Maltratada (SAM): Servicio Jurídico dirigido a la atención, asesoramiento y orientación a las mujeres que lo demanden por razón de discriminación, y, particularmente, en situaciones de malos tratos o agresiones sexuales, así como temas relacionados con la defensa de los derechos de la mujer.
- Servicio de Orientación Jurídica (SOJ): Asume el asesoramiento previo a los peticionarios de Asistencia Jurídica Gratuita, la información sobre el cumplimiento de los requisitos necesarios para su reconocimiento y el auxilio en la redacción de los impresos normalizados de la solicitud, resolviendo e instruyendo de manera provisional las solicitudes de Asistencia Jurídica Gratuita que se formulen en el ámbito del Colegio de Abogados de Pamplona.
- Servicio de Asistencia al Detenido: Este servicio de asistencia letrada se presta de forma continuada durante 24 horas del día todos los días del año a aquellas personas detenidas o que sean citadas para declarar por primera vez ante la Autoridad competente, que no designen Abogado, atendiendo igualmente en los Juzgados a aquellas personas que precisen asistencia letrada para alguna diligencia, previo requerimiento judicial.
Gracias a la disposición y esfuerzo de los Abogados que lo integran, y a la dedicación de los miembros de la Comisión del Turno de Oficio, en los últimos años se ha avanzado hacia una especialización de los servicios de asistencia, con la diversificación en distintos turnos, y en el establecimiento de la exigencia de requisitos mínimos de experiencia profesional previa, formación específica y especialización práctica, lo que ha permitido que se progrese en la calidad y eficacia de los servicios prestados.